En la mañana del Martes 30 del Cte. Mes y Año, se llevó a cabo la Sesión Ordinaria correspondiente. Presidida por el Sr Viceintendente Presidente Natural del Concejo Deliberante Néstor Daniello Cerezo, el Presidente Provisional Pedro Chaile y los Sres Concejales Florencia Casimiro, María Chaile de Morales, Daniel Arias y Máximo Moreno.
SE APROBÓ LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA POR "RUIDOS MOLESTOS" En la mañana deL Martes 30 del Cte. Mes y Año, se llevó…
Publicado por Concejo Deliberante Tinogasta en Miércoles, 31 de marzo de 2021
El Concejal Máximo Moreno presentó el proyecto del ordenanza sobre la modificación del «Código Ambiental», el que indica incorporarse el artículo 204 bis a la ordenanza 751/08 para que se «Declare Ave Autóctona de la Jurisdicción de Tinogasta denominada Reina Mora como ave sujeta a protección y amenazada por el tráfico de especies. También la modificación del código de faltas, del artículo 31 «el que vendiere, expusiere, criare, explotare, introdujere o guardare animales en infracción a las normas sanitarias o de seguridad vigentes o en lugares prohibidos, o en establecimientos no registrados, serán sancionados con decomiso y apercibimientos o multas de 15 a 90 Unidad de Multa.

En dicha Sesión también se trató lo siguiente;
Proyecto de Ordenanza presentado por el Concejal Prof. Pedro Chaile para realizar la modificación sobre «Ruidos Molestos» sobre los artículos 3 inciso B «La circulación en la vía pública de automóviles, motos o cuatriciclos desprovistos de silenciadores de escape, los que tengan incorporados escapes libres o modificados los originales, que no cumplan con los decibeles establecidos, provoquen contaminación sonora o excedan los límites reglamentados», artículo19 «cuando la infracción a la presente ordenanza se concrete por medio de un automóvil, moto o cuatriciclo, el o los funcionarios actuantes procederán a confeccionar el acta respectiva, el que incurra en las conductas prohibidas en el artículo 4 bis, serán sancionados con multa de 7 unidades multa, con el decomiso de los escapes libres, de competición o todo tipo de instrumento mecánicos o generadores de sonidos molestos. El artículo 25 «determínese el valor de multa equivalente a un 5 % del salario del empleado municipal categoría 10.
Cabe destacar que todos los proyectos de ordenanza fueron aprobados por unanimidad.
Departamento de Prensa Concejo Deliberante